✍ Todo sobre la nueva Ley de Trabajadores del Hogar Nº 31047 - 1 de Octubre 2020

Condiciones generales sobre la Ley de Trabajadoras del Hogar.

El día 30 de setiembre de 2020, el presidente Martín Vizcarra aprobó la Ley de Trabajadoras del Hogar, esta aprobación modifica las reglas del trabajo doméstico remunerado.

A continuación, conoce las nuevas condiciones y finalmente descarga los modelos referenciales que hay hasta el momento:

Contrato: Se presume que es a plazo indeterminado. Escrito, por duplicado e inscrito en el MTPE.

Edad mínima para trabajar: 18 años

Sueldo mínimo: no menor a la Remuneración Minima Vital (930 soles).

Boleta de pago: Se deberá entregar una boleta de pago con los aportes y los descuentos que se hayan aplicado en el pago. Firmado por ambas partes.

Gratificaciones: un sueldo en Julio (Fiestas Patrias) y un sueldo en Diciembre (Navidad)

CTS (Compensación por Tiempo de Servicio): Tienen derecho a CTS, siendo aplicable las disposiciones más beneficiosas de la legislación, a fin de obtener una equiparable al marco general.

Condiciones laborales: Se debe proporcionar alimentación, alojamiento, equipos de protección e implementos de bioseguridad para garantizar seguridad y salud en el trabajo. No forman parte de la remuneración.

Seguro Social de Salud: Se debe afiliar a la trabajadora en EsSalud. El aporte es a cargo del empleador.

Sistemas de pensión: Trabajadores pueden elegir entre ONP o AFP. Es obligación de los empleadores retener el aporte correspondiente.

Jornada de trabajo: 8 horas diarias y 48 horas semanales. Los periodos en donde el trabajador no disponga libremente de su tiempo por permanecer en el hogar, son considerados horas de trabajo extraordinario.

Trabajadoras a tiempo parcial, tienen derecho a los beneficios siempre que el cómputo de la jornada de la semana dividida entre los días trabajados, resulte en promedio no menor a 4 horas diarias.

Descanso semanal y pago feriados: El descanso equivale a mínimo 24 horas continuas. Los feriados serán remunerados según el régimen laboral general de la actividad privada.

Pago de horas extras: Por las 2 primeras horas extras el pago no puede ser inferior al 25% por hora (calculando sobre la remuneración diaria del trabajador). Por las siguientes horas (a partir de las tercera hora) el pago no puede ser menor al 35% por hora.

Extinción del vínculo laboral: Se debe dar un aviso de 30 días calendarios (tanto por parte del empleador como del colaborador). El empleador puede exonerar este plazo por iniciativa propia o a pedido del trabjador.

Maternidad: Se goza de protección según el régimen laboral general de la actividad privada. Derecho a descanso pre y post natal.

Vacaciones: 30 días luego de un año continuo de servicios.

También se considera feriado no laborable remunerado el 𝟯𝟬 𝗱𝗲 𝗺𝗮𝗿𝘇𝗼 de cada año, Día de las Trabajadoras y Trabajadores del Hogar.

Descarga la ley y su reglamento:

Descarga la información necesaria para el cumplimiento de la ley:

Personal del Hogar quiere garantizar el cumplimiento de estas normas para que tanto Empleadores como Trabajadoras del Hogar cumplan las legislaciones actuales.

Links de tutoriales para trámites en la Sunat:

✍ Cómo inscribir al Trabajador del Hogar en la Sunat

✍ Cómo realizar el pago de aportes en la Sunat

✍ Cómo calcular el aporte de EsSalud y ONP/AFP

Calculadoras descargables para pagos:

✍ Cómo calcular el pago de Feriados Laborados

✍ Cómo calcular el pago de Días de descansos laborados

2 comments on “✍ Todo sobre la nueva Ley de Trabajadores del Hogar Nº 31047 - 1 de Octubre 2020”

  1. Buenas tardes
    La enfermeras tecnicas tambien estan incluidas en esta Ley?
    Indicar la fecha que se reglamento la Ley 310
    gracias

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