El nuevo decreto legislativo N°1499, realizó la modificaciones en La Ley N° 27896 – Ley de los Trabajadores del Hogar.
Hoy en día es obligatorio brindar un contrato de trabajo a las trabajadoras del Hogar. A continuación les presentamos los puntos a tener en cuenta para iniciar una relación laboral de la mejor manera.
«Son trabajadores del hogar los que efectúan labores de aseo, cocina, lavado, asistencia, cuidado de niños y demás propias de la conservación de una casa y del desenvolvimiento de la vida de un hogar, que no importen lucro o negocio para el empleador o sus familiares.»
Artículo 2 de la Ley de los Trabajadores del Hogar.
Modalidades de jornada de trabajo
✍ Cama adentro: el trabajador vive en el domicilio de los empleadores.
✍ Cama Afuera: el trabajador no vive en el domicilio de los empleadores.
✍ En ambos casos, los empleadores están obligados a brindar alimentación, equipos de protección y herramientas necesarias para garantizar seguridad y salud en el trabajo.
Derecho a descanso semanal remunerado:
✍ Los trabajadores del Hogar tienen derecho a 24 horas continuas de descanso semanal remunerado.
Días Feriados de los Trabajadores del Hogar:
✍ Conoce exactamente cuáles son los días Feriados (descanso remunerado) : Calendario de Feriados para los trabajadores del Hogar.
✍ Si existe un acuerdo entra ambas partes: empleador – trabajador, se puede compensar el día de descanso trabajado mediante el pago de una sobretasa equivalente a un adicional del 50% de la remuneración de un día.
Gratificaciones para los trabajadores del Hogar:
✍ Las gratificaciones ascienden al 100% de la remuneración mensual.
✍ Los trabajadores del Hogar tienen derecho a dos gratificaciones durante el año:
Derecho a la Compensación por Tiempo de Servicios:
✍ Los trabajadores del Hogar tienen derecho a recibir su CTS equivalente a 30 días de remuneración por cada año de servicios o la parte proporcional de dicha cantidad por la fracción de un año.
✍ La CTS se debe pagar al terminar la relación laboral o al finalizar cada año de servicios con carácter cancelatorio.
Afiliación al Seguro Social de Salud:
✍ Los trabajadores del Hogar si son considerados afiliados obligatorios del Seguro Social de Salud siempre y cuando laboren una jornada mínima de 04 horas diarias.
✍ El pago le corresponde al empleador y el aporte equivale al 9% de la remuneración mínima vital.
✍ El encargado de pagarlo es el Empleador (se puede pagar a través de la página de la Sunat)
✍ Conoce cómo hacer el cálculo respectivo: Cálculo aportaciones
Afiliación a los Sistemas Pensionarios:
✍ Los trabajadores del Hogar tienen derecho a optar por la ONP (Sistema Nacional de Pensiones) o por una AFP (Sistema Privado de Pensiones).
✍ En caso de ser ONP el descuento equivale al 13% de la remuneración mensual del trabajador del Hogar.
✍ En caso de ser AFP el descuento equivale al 10% de la remuneración mensual del trabajador del Hogar.
✍ El encargado de hacer el trámite de pago es el Empleador pero se descuenta de la remuneración mensual.
✍ Conoce cómo hacer el cálculo respectivo: Cálculo aportaciones
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de donde quiere que uno pague el sueldo completo y vacaciones y cts uno que alas justas uno trabaja en una mype y me dan todo al 50% y yo tengo que darle al 100% ala niñera.... en serio ?? deberia haber una clausula que es cuando la familia gana mas de 5 o 6 soles que un padre y una madre que a duras penas saca para trabajar y contratar niñera es algo inaudito esa ley en serio
Pregunta. Si solo trabajo 3-4dias de niñera tengo derecho a mis beneficios ya sea navidad,28 de julio y cts y así también de mi segu social por favor ayudarme gracias.